viernes, 31 de julio de 2009

Principios éticos universales como fundamento de los Derechos Humanos

Principios éticos universales como fundamento de los Derechos Humanos

Presentación audiovisual que se puede descargar desde:

http://www.slideshare.net/jegonzal/principios-eticos-universales-fundamento-de-los-derechos-humanos


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JESUS GONZALEZ LOSADA - http://jesus-gonzalez-losada.blogspot.com/

Para analizar el fundamento de los derechos expresados en la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS es oportuno hacer una reflexión sobre la falta de referencia a Dios en la Carta de las Naciones Unidas y en dicha Declaración. (1)

Recordemos que las declaraciones de derechos tanto en Francia como en Estados Unidos, que representaron un referente esencial en el pensamiento político moderno, comenzaron con la invocación de Dios como fundamento de esos derechos:

“Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad” (LA DECLARACION DE INDEPENDENCIA - 4 de julio de 1776)

“… la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes Derechos del Hombre y del Ciudadano” reconociéndolos como “derechos naturales, imprescriptibles e inalienables” (Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano - París, 26 de agosto de 1789)

Si la Declaración Universal de los Derechos Humanos es una síntesis compuesta de todo el pensar anterior sobre derechos, sorprende la omisión de una referencia a Dios como fundamento de los derechos. Analicemos brevemente los debates que mantuvo la Comisión de Derechos Humanos que elaboró el texto oficial de dicha DECLARACION para poder entender esta omisión.

El borrador del primer artículo que afirmaba que “los seres humanos están dotados de razón y conciencia por la naturaleza”, fue muy debatido entre el 21 de septiembre hasta el 8 de diciembre de 1948.

El Dr. Austregésilo de Athayde, representante de la delegación de Brasil, sugirió que la segunda parte de ese primer artículo fuese redactada de la siguiente manera:

Creadas a imagen y semejanza de Dios, dotadas de razón y conciencia y deben reaccionar en relación unos a los otros con espíritu de fraternidad”

El académico brasileño lo planteo en estos términos:

“Con el fin de defender los derechos que proclama la declaración, es importante que ésta no esté concebida en términos demasiado generales. Deberían hacer mención a Dios en su preámbulo, como origen absoluto de los derechos humanos, como de todos los derechos. Sería reconocer la importancia de las grandes corrientes espirituales para el mantenimiento y desarrollo de la cooperación internacional entre los pueblos... El trabajo de la Comisión estaría mucho más profundamente vinculado a la voluntad y a las esperanzas de las masas populares si, en vez de ser nada más que una expresión de seca de la filosofía agnóstica, reflejase también la fe religiosa de la mayor parte de la humanidad.”

Además aclaró: “Sin pretender entablar un debate de carácter filosófico o religioso, la delegación de Brasil piensa que esta iniciativa corresponde a los ideales representados en la Comisión.”

El Dr. Charles H. Malik quería una referencia explícita a Dios en el primer artículo, para fundamentar que las personas están dotadas de “algunos derechos inalienables dados por su Creador”. El Dr. René Cassin, entre otros, no estaba de acuerdo porque esto podía haber minado la universalidad del documento. Se buscaba con prioridad el apoyo universal a la proclamación de los derechos en un mundo complejo dividido por tradiciones, religiones e ideologías con diversas concepciones de la vida. (Recordemos que fue René Cassin quien pidió que la Declaración fuese definida como “universal” en lugar de “internacional”).

El Dr. Peng-Chun CHANG fue muy hábil durante todo el debate y logró evitar que ambos “Dios” y “por la naturaleza” fuesen citados, quedando finalmente redactado el conocido articulo primero de esta forma:

“Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Están dotados de razón y conciencia y deben reaccionar en relación unos a los otros con espíritu de fraternidad”.

Después de más de sesenta años, pienso que es necesario replantearse el argumento de incluir una referencia a Dios y a los valores absolutos sin el peligro de perder esa aceptación de universalidad del documento. Una forma de proteger esa necesaria “universalidad” (que incluya todas las posiciones) la podemos tomar del elegante texto del preámbulo de la Constitución polaca que es capaz de ofrecer una excelente solución pluralista tanto para "los que creen que Dios es el origen de la justicia, la belleza, el bien, y otros muchos valores [fundamento de los derechos humanos], y a quienes aprecian esos valores, aún no creyendo en Dios“

El IUSNATURALISMO y el POSITIVISMO en relación a la

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

El iusnaturalismo sostiene que el origen de los derechos humanos no reside en la ley positiva, sino que parte de la naturaleza propia del ser humano, una naturaleza que es superior y precedente a cualquier ley positiva. En el caso de las tradiciones religiosas, los derechos naturales son una de las características con las que Dios dota a los seres humanos

El positivismo. La ley positiva afirma que sólo es derecho aquello que está escrito en un ordenamiento jurídico. Como plantea Jesús Mosterín en forma precisa:

"Los derechos no son algo que exista ya dado en la naturaleza y que nosotros nos limitemos a descubrir, como los cromosomas o los continentes. Los derechos los creamos nosotros mediante nuestras convenciones. Así que la pregunta relevante no es '¿qué derechos tiene tal criatura?', sino '¿qué derechos queremos que tenga?'." (Jesús Mosterín. Creando derechos. El País, 29-8-1999)

Aunque ambas posturas tengan sus razones, acertadamente Benedicto XVI nos advierte de los riesgos de una interpretación meramente positiva de los derechos:

"Sólo si están arraigados en bases objetivas de la naturaleza que el Creador ha dado al hombre, los derechos que se le han atribuido pueden ser afirmados sin temor de ser desmentidos (...) Por tanto, es importante que los organismos internacionales no pierdan de vista el fundamento natural de los derechos del hombre. Eso los pondría a salvo del riesgo, por desgracia siempre al acecho, de ir cayendo hacia una interpretación meramente positivista de los mismos.” - Benedicto XVI. Mensaje con motivo de la Jornada Mundial de la Paz, 1-1-2007

Mi opinión es que la protección del amor y la vida, la libertad de conciencia y la responsabilidad, así como la propiedad y muchos otros derechos inalienables, no existen meramente porque alguien los haya descubierto o reconocido, o porque se hayan decretado leyes sobre ellos. Al contrario, es el hecho de que el amor y la vida, la libertad de conciencia y la responsabilidad, así como la propiedad ya existían de antemano, es este hecho lo que causó en las personas la necesidad de hacer leyes para su protección.

Dicho esto, también reconozco la necesidad de la existencia de declaraciones, leyes y constituciones escritas que expresen la voluntad soberana de las personas y sus familias en términos de los principios de justicia y de la ley natural. Por que esto constituye la protección más eficaz contra el abuso del poder, la destrucción de la libertad y las flaquezas humanas de los que gobiernen.

TRES PRINCIPIOS que fundamentan los Derechos Humanos

1. Principio de la dignidad e igualdad humana – “Todos y cada uno de los seres humanos, sin distinción de género, raza, etnia, clase o condición social, son poseedores de una misma dignidad especial, por naturaleza o porque Dios se la ha conferido, que les distingue del resto de las criaturas, y son portadores de un mismo valor sagrado, cósmico, único y eterno, que es innato e intrínseco a su condición humana, y por lo tanto todos merecen la misma exquisita consideración y sumo respeto” (Dr. Miguel Angel Cano – Fundamentos de una Educación para la paz III - Etica y Paz – Hergue Editorial)

Todo fundamento ético de derechos debe contemplar NUESTRO VALOR ORIGINAL como seres humanos, como personas. ¿Qué nos hace humanos? ¿Cuál es la fuente u origen de nuestra razón y conciencia?

Cada persona es una realidad singular, inabarcable, incognoscible, irrepetible, insustituible, impredecible, inconmensurable, única, libre y con una dignidad irrenunciable; por eso las personas no son un medio, son un fin en si mismas.

Cada persona tiene originalmente un valor divino, eterno, único y cósmico, me explico:

  1. Un valor divino. Tenemos la dignidad intrínseca e inalienable de ser hijos e hijas de Dios.
  2. Un valor eterno. Somos seres eternos que viviremos para siempre en el mundo espiritual con Dios.
  3. Un valor único. No hubo, no hay y no habrá nunca alguien igual a cada uno de nosotros. Somos únicos, irrepetibles e irremplazables.
  4. Un valor cósmico. Somos la manifestación visible del creador invisible, imagen y semejanza de Dios. Somos un microcosmos del macrocosmos.

Cada persona, por tanto es portadora de todos estos valores transcendentes y esto constituye el fundamento de la dignidad y de los Derechos Humanos Universales. (2)

LA LEY EN EL CORAZON Y EN LA CONCIENCIA - Es muy alentador que en las Escrituras la esperanza para el futuro de la humanidad estará marcado por la transformación del corazón humano. Seguir las leyes naturales o divinas será algo natural como muestran estos pasajes de Ezequiel y Jeremías:

"… Pondré mi Espíritu dentro de vosotros y haré que andéis según mis leyes, que guardéis mis decretos y que los pongáis por obra." (Ezequiel 36:26-27)

"Pondré mis leyes en su mente y las escribiré en su corazón. Yo seré su Dios, y ellos serán mi pueblo." (Jeremías 31:33-34 - Hebreos 8: 10-12)

"La boca del honrado susurra sabiduría, su lengua habla con rectitud; la ley de su Dios está en su corazón, sus pasos nunca vacilan". (Salmo 37, 30-31)

2. Principio de la universalidad de las relaciones de intercambios recíprocos, o principio de dar y recibir:

Los seres humanos —igual que el resto de las criaturas y cosas— no están hechos para existir o vivir solos, aislados o completamente independientes, sino que están configurados por la naturaleza o por Dios para mantener múltiples interacciones fisiológicas dentro de sí mismo y con su ambiente, así como para establecer —de forma voluntaria, responsable y creativa— una serie fluidas, armoniosas y estables relaciones de intercambios recíprocos de amor, afectos, cuidados, ideas, conocimientos, bienes y servicios con otros seres humanos y el resto de las criaturas de la naturaleza, que son vitales para la preservación de su existencia y multiplicación, para el desarrollo del carácter y cultivo de sus talentos, y para poder experimentar el más alto grado de alegría o felicidad compartida.” (Dr. Miguel Angel Cano – Fundamentos de una Educación para la paz III - Etica y Paz – Hergue Editorial)

Este principio de dar y recibir es el fundamento de la ética y los valores comunes a todas las religiones y culturas, en las que encontramos:

Las cuatro prescripciones morales de: Piedad filial, fidelidad conyugal, fraternidad y lealtad.

Son necesarias porque promueven el buen dar y recibir entre padres e hijos, marido y esposa, entre hermanos y hermanas y entre todas las personas

Las cuatro prohibiciones de: no robar, no mentir, no matar y no tener relaciones sexuales ilícitas, que también son necesarias porque evitan un mal dar y recibir entre las personas.

Encontramos los principios de Justicia cósmica - retribución divina - ley natural - ley del karma expresados en forma compleja o sencilla:

- lo que se da, se recibe

- quien mal hace, mal recibe

- según sean las acciones de los hombres, así será la recompensa

- lo que uno siembra, eso cosechará.

El clásico principio de la equidad o justicia: - dar a cada uno lo suyo – La equivalencia entre lo que se da y se recibe y la ley de la reciprocidad de corresponder en la misma medida que se recibe.

La Regla de Oro - trata a los demás como queréis que os traten a vosotros

La Regla de Plata (lo mismo pero dicho en forma de negación) - no hagas a los demás lo que no quisieras para ti.

El principio de la prioridad de dar sobre recibir, que fundamentan los valores y virtudes de la generosidad, el altruismo, el desinterés, la caridad y la solidaridad:

- más vale dar que recibir

- no des esperando ganancias

- nadie busque su interés sino el del prójimo

- cuando tú hagas limosna, no sepa la izquierda lo que hace la derecha

- La más pura acción está en el servicio desinteresado.

EL principio del valor absoluto o supremo del amor incondicional:

- amémonos unos a otros

- si no tengo amor, no soy nada

- tened benevolencia hacia todos los seres vivientes

- tenéis que mostrar compasión por todos

- ved a todos los seres como unos padres ven a su único hijo

- invierte la ira con perdón

- amad a los enemigos (3)

3. Principio del progreso y desarrollo humano a través de la cooperación centrada en un propósito común:

“El progreso o desarrollo de la humanidad, ya sea en el campo económico, científico, tecnológico, artístico, social y humano se produce, principalmente, a través de la comunicación, el entendimiento, el diálogo, el consenso, la cooperación armoniosa y la interdependencia mutua entre individuos, familias, comunidades, naciones y civilizaciones, centrado en propósitos comunes y fines compartidos, y no a través de la lucha, el conflicto o la destrucción mutua.” (Dr. Miguel Angel Cano – Fundamentos de una Educación para la paz III - Etica y Paz – Hergue Editorial)

Este principio nos lleva a la búsqueda del BIEN COMUN y el SERVICIO PUBLICO. Vivir por el bien de los demás es también el criterio de un buen liderazgo. Expresado en el consejo que recoge la escritura: “…el que quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro servidor… el Hijo del hombre no ha venido a ser servido, sino a servir…” (Mat. 20: 26-28)

La centralidad de la familia

“La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado” Apartado 3º Artículo 16 -Declaración Universal de Derechos Humanos - 1948.

La familia es la sociedad primordial, patrimonio común de la humanidad, indispensable en la construcción de cualquier sociedad. Si no podemos lograr paz, amor y felicidad en nuestros hogares, no existirá esperanza de crear paz, amor y felicidad en la sociedad, la nación o el mundo.

La familia es soberana. El amor original y eterno diseñado y bendecido por Dios entre marido y esposa es un don sagrado y absoluto. La familia es titular de derechos propios fundamentales e innatos, derechos que surgen de un fondo propio y autónomo de poder (no le son concedidos por el Estado, ni por ninguna otra autoridad), de hecho, la familia soberana es anterior al Estado o cualquier otra institución y constituye el fundamento de toda autoridad. Esta potestad soberana es la única capaz de generar la primera de todas las demás instituciones jurídicas y sociales: la familia fundada en el matrimonio, que es la sociedad primordial y patrimonio común de la humanidad.

CONCLUSION: Cuatro principios básicos para lograr la Paz y los Derechos Humanos

  1. El bien común – (Vivir por los demás)
  2. La familia – Escuela del amor y la paz – Garantizar su protección ética y moral mediante el fomento de los valores familiares.
  3. Practicar la cooperación y reconciliación entre religiones y naciones.
  4. Promover un liderazgo espiritual, moral y unificador acorde a valores universales.

¡Muchas gracias por su atención!

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(1) Reflexiones sobre la falta de referencia a Dios en la Carta de las Naciones Unidas y en la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS - Por Jesús González Losada - http://diosylaonu.blogspot.com/

(2) Principios para la vida y el buen gobierno - Jesús González Losada - http://principios-vida.blogspot.com/

(3) Dr. Miguel Angel Cano – Fundamentos de una Educación para la paz III - Etica y Paz – Hergue Editorial


ANEXO - ALGUNOS ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS

VALORES NO NEGOCIABLES, según documentos oficiales de la Iglesia Católica:

"... tiene una importancia particular para quienes, por la posición social o política que ocupan, han de tomar decisiones sobre valores fundamentales, como • el respeto y la defensa de la vida humana, desde su concepción hasta su fin natural, • la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer, • la libertad de educación de los hijos y • la promoción del bien común en todas sus formas. [1] Estos valores no son negociables. [2]”

- Benedicto XVI EXHORTACIÓN APOSTÓLICA POSTSINODAL SACRAMENTUM CARITATIS - Roma, 22 de febrero de 2007 - Papa Benedicto XVI - [1] Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae (25 marzo 1995): AAS 87 (1995), 401-522; Benedicto XVI, Discurso a un congreso organizado por la Academia Pontificia para la vida (27 febrero 2006): AAS 98 (2006), 264-265. [2] Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal acerca de algunas cuestiones con respecto al comportamiento de los católicos en la vida política (24 noviembre 2002): AAS 95 (2004), 359-370.

PRINCIPIOS NO NEGOCIABLES

  1. VIDA - La persona es sagrada e inviolable, desde la concepción hasta la muerte natural.
  2. FAMILIA - La familia nace del compromiso conyugal. El matrimonio es un voto, en el que un hombre y una mujer hacen donación de sí mismos y se comprometen a la procreación y el cuidado de los hijos.
  3. LIBERTAD DE ENSEÑANZA - Los padres tienen el derecho y el deber de educar a sus hijos. Son ellos -no el Estado, ni los empresarios educativos, ni los profesores- los titulares de ese derecho.
  4. BIEN COMUN - El Estado está al servicio de la sociedad y no al revés. El papel de la autoridad es ordenar la comunidad política no según la voluntad del partido mayoritario sino atendiendo a los fines de la misma, buscando la perfección de cada persona, aplicando el principio de subsidiariedad y protegiendo al más débil del más fuerte".

Las tradiciones espirituales y religiosas tienen la dimensión vertical que busca la relación con Dios, el Creador; y la dimensión horizontal que busca aceptar, respetar y amar a las demás personas.

“Amarás a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a tí mismo” Mt. 22:37-40, Deut. 6:5, Lev. 19:18

LA REGLA DE ORO de la conducta moral es el amor a los demás y es el patrimonio doctrinal de todas las grandes religiones del mundo:

Cristianismo: "Todo cuanto queráis que os hagan los hombres, hacédselo también vosotros a ellos: porque esta es la Ley y los profetas." (Mateo 7, 12)

Hinduismo: "El deber supremo es no hacer a los demás lo que te causa dolor cuando te lo hacen a ti" (Mahabharata 5, 15, 17).

Budismo: "No hieras a los demás, para que no te encuentres herido tú también" (Udanavarga 5, 18).

Confucianismo: "La benevolencia máxima consiste en no hacer a los demás lo que no quieras que te hagan a ti" (Analectas Rongo, 15, 23).

Judaísmo: "Lo que para ti es odioso, no lo hagas a tu prójimo. En esto consiste toda la Ley; todo lo demás es un comentario" (Talmud, Shabbat 31a).

Islam: "Ninguno de vosotros es creyente si no ama a su hermano como a sí mismo" (Las 42 tradiciones de An-Nawawi).

Religión tradicional africana: "Lo que das -o haces- a los demás, eso te darán -o harán- a ti" (Proverbio ruandés).

Dios es la fuente del amor, la vida y la paz.

Los que provocan conflictos, odio, violencia y terrorismo deben saber que en la medida en que lo hacen no son buenos miembros de ninguna religión.

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Autor y educador español (1952 - ) felizmente casado con Teresa Chávez, dos hijos varones. Datos biográficos en: http://jesus-gonzalez-losada.blogspot.com/ - Magíster en Matrimonio y Familia por la Universidad de Navarra. - Director en Uruguay de la Fundación Educativa para la Paz - Autor de varios libros y ensayos publicados en distintos medios